Colombia

Fallo fijaría límite a las consultas populares en minería y petróleo

Estos mecanismos de participación no podrían vetar, en primera instancia, las iniciativas extractivas, según ponencia de la Corte Constitucional.

a semana que inicia hoy sería clave para el futuro de la operación minera y petrolera en el país. La Sala Plena de la Corte Constitucional dejaría en claro el papel de las consultas populares, y hasta dónde pueden llegar frente a las actividades extractivas en el territorio nacional.

 

La semana que inicia hoy sería clave para el futuro de la operación minera y petrolera en el país. La Sala Plena de la Corte Constitucional dejaría en claro el papel de las consultas populares, y hasta dónde pueden llegar frente a las actividades extractivas en el territorio nacional.

La jurisprudencia que dejaría sentada el alto tribunal, se da luego de que la empresa petrolera Mansarovar instaurara una acción de tutela contra el Tribunal Administrativo del Meta, corporación que le dio vía libre al mecanismo de participación ciudadana para la extracción de crudo en el municipio de Cumaral.

Portafolio pudo establecer con fuentes de la Corte Constitucional que la ponencia de la magistrada Cristina Pardo y que estudiarán sus colegas en Sala Plena sería favorable, y que los argumentos se sustentarían sobre tres ejes.

El primero señala que es necesario desarrollar mecanismos de concertación con las comunidades antes de la realización de los proyectos extractivos y, si no se llega a un acuerdo entre las partes, se recurriría a la consulta popular como última instancia, para que a través de las urnas se dirima la situación.

El segundo, que complementaría al primero y que se remite a la sentencia C-123 de 2014, indica que en el proceso de autorización de las actividades de exploración y explotación minera y petrolera se deben establecer metodologías de participación activa, eficaz y equitativa de los distintos actores que hacen parte directa e indirectamente del proyecto.

Y el tercero, que ha llamado la atención de la industria extractiva y que desenredaría la madeja, resalta que las consultas populares no pueden vetar como primera instancia estas iniciativas, ya que este mecanismo no puede restringir los derechos locales sobre el subsuelo ya que este es de uso exclusivo de la Nación.

OPINIONES DESDE EL GOBIERNO

Para este tercer punto primaría la norma constitucional de que el interés general está por encima del particular y se reafirmaría que las consultas populares no serían vinculantes con las iniciativas de carácter extractivo (minería y petróleo).

La fase de concertación ya la viene desarrollando el Estado con los entes locales desde hace varios meses en los llamados planes de concurrencia, y en los que hacen parte las administraciones municipales con las autoridad minera y ambiental”, señaló Silvana Habib, presidente de la Agencia Nacional de Minería (ANM).

La funcionaria en distintos escenarios, y previamente, ha reiterado que la Corte Constitucional debería volver a la jurisprudencia que ordenaba que las tareas (en su caso las mineras) se desarrollaran bajo la concertación entre la nación y los municipios.

“Una interpretación que fije la prohibición, desconoce la Constitución y los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad”, señaló en la audiencia pública que adelantó el alto tribunal sobre este caso, en abril pasado.

Por su parte, el ministro de Minas y Energía, Germán Arce Zapata, indicó que su cartera ha fortalecido el trabajo con los actores y procesos locales para potenciar y proteger los recursos ambientales.

Se han abierto diálogos sobre las capacidades y necesidades sociales, basado en argumentos y herramientas técnicas, que reconocen la complementariedad en las competencias, la corresponsabilidad y el reconocimiento de los participantes”, explico Arce Zapata.

El Ministro señaló, además, que esta estrategia busca consolidar un modelo de relacionamiento del sector minero-energético con las autoridades ambientales, territoriales y las comunidades, lo que fortalece la concertación y el diálogo, construye confianza y permite tomar mejores decisiones en términos de ordenamiento territorial.

En el mismo sentido, Orlando Velandia, presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), insistió en que el diálogo informado evita el conflicto con las comunidades. “Que se promulguen instrumentos para equilibrar el desarrollo de la operación extractiva sostenible, responsable y que no sea limitada de manera unilateral”.

En tanto, Luis Guillermo Vélez, director de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, precisó que es necesario que el alto tribunal recupere y establezca las fórmulas para desarrollar en armonía un proceso de concurrencia y concertación entre los distintos actores.

Una opinión contraria a la del Gobierno es la de la magistrada Teresa Herrera del Tribunal Contencioso Administrativo del Meta, quien sostuvo que “no se debe desconocer que la consulta popular es una expresión del principio democrático y es deber del Estado fomentar las prácticas democráticas, articulo 41 de la Constitucional Nacional”.

GREMIOS SE PRONUNCIAN

Francisco José Lloreda, presidente de la Asociación Colombiana del Petróleo (ACP), indicó que “al asegurar la estabilidad jurídica se tiene la oportunidad de aprovechar la riqueza del subsuelo y convertirla en instrumento de desarrollo sostenible para el país y sus regiones.

Esto permitirá aumentar la inversión en exploración y producción”. Por su parte, Santiago Ángel, presidente de la Asociación Colombiana de Minería (ACM), expresó que “se debe avanzar en una reforma constitucional que asigne competencia a autoridades del orden nacional en la gestión y control de sectores estratégicos para la economía y administración del subsuelo”.

Fuente:http://www.portafolio.co/economia/gobierno/fallo-fijaria-limite-a-las-consultas-populares-en-mineria-y-petroleo-519307