Argentina

Proyecto de Ley legitima mineria en glaciares

Comunicado de prensa, ONG Conciencia Solidaria
El proyecto de Ley de glaciares impulsado por Filmus es un intento más para legitimar la actividad minera dentro del ámbito periglaciar cordillerano.   
Buenos Aires, 13 de julio 2010
Conciencia Solidaria, ONG Interprovincial estará hoy a las 11h en el anexo de Diputados del Congreso de la Nación, para presentar a los Diputados nuevamente un documento que ya hace un mes les hemos entregado en cada despacho.

Hoy este documento cuenta con la firma del Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, del Fiscal Federal Antonio Gómez , del Presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, Enrique Viale, el periodista de investigación Javier Rodríguez Pardo, asambleas de pueblos amenazados y damnificados por la contaminación megaminera de distintos lugares del país y el mundo; ambientalistas, sociólogos y gran cantidad de profesionales de distintas especialidades quienes junto a Conciencia Solidaria Ong Interprovincial, estamos denunciando las trampas del proyecto del Senador Filmus.

Para aquellos que dicen que convendría que se aprobara el proyecto que ya tiene media sanción en Senado, para garantizar la vigencia de una ley de protección, decimos: El proyecto del Senador Filmus no estipula PLAZOS PARA LA CONCLUSION DE LAS TAREAS DE INVENTARIADO y  los deja a cargo de cada jurisdicción, trampa mortal en esta coyuntura de provincias cuyos gobernantes, hoy, son promotores de corporaciones megamineras contaminantes.  El proyecto impulsado por el senador Filmus dice textualmente “en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de la jurisdicción provincial, someter a las actividades mencionadas, a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales generados sobre los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2”. Esto no garantiza protección alguna. Además en el Art 2 del proyecto del Senado no se habla de todo el ambiente periglaciar, ambiente regulador de las cuencas hídricas, que por su ciclo de Hielo Deshielo es nuestra primera fuente de agua potable.

Consideramos que si el proyecto del senado se aprobara sería la reglamentación de la desprotección y el saqueo de nuestros recursos hídricos.

Es urgente la concientización sobre las falencias de este proyecto que legitima las violaciones a los derechos humanos y la destrucción del ambiente por parte de las corporaciones megamineras y sus aliados.

El IANIGLA, los Gioja, El Secretario de Minería de la Nación Mayoral, La Presidenta, Peter Munk, Barrick Gold, las Corporaciones mineras, los Proveedores mineros, Panorama Minero, Mining Press, Diario de Cuyo, entre otros sectores volcados a la defensa de la minería metalífera de alto impacto (entiéndase Uranio dentro de esta concepción) defienden el proyecto del Senador Filmus. ¿Será el proyecto del Senador una herramienta de preservación de las Áreas Glaciares y del Ambiente Periglaciar?  

Claramente vemos que no.

Los proyectos de Pascua Lama en San Juan  y Agua Rica en Catamarca, están asentados sobre ambiente periglaciar, ambiente que el proyecto del Senado no contempla. Como expresamos en el documento que sigue, el proyecto de ley impulsado por Filmus es un intento más para legitimar la actividad minera dentro del ámbito periglaciar cordillerano.   

A continuación el Documento con sus firmantes:

Carta a Legisladores

LA LEY DE FILMUS DESPROTEGE EL AMBIENTE PERIGLACIAR

Desde el veto presidencial de la Ley de Presupuestos Mínimos de protección de glaciares y del ambiente periglaciar de la Profesora Marta Maffei (DMC.), surgió un gran debate nacional entre dos proyectos de ley. Por un lado el del Diputado Bonasso, que es la ley de Maffei clonada, y por otro el del Senador Filmus. No olvidemos que este veto fue y es conocido como el Veto de la Barrick.

Consideramos que el proyecto de Ley del Senador Filmus es una trampa legal para entregarle a la minería un bien público como es el agua. Algo que hay que reconocerle al Senador, es que actúa muy inteligentemente llevando su proyecto hacia todos lados, intentando legitimar su idea a cualquier precio. Forzando al Instituto Argentino de Nivología y Glaciología (IANIGLA) a tratar a este proyecto como un paliativo ante el cambio climático, mientras en realidad este organismo dicta para este proyecto, una definición de periglaciar omitiendo los procesos de descongelamiento que en este ámbito actúan. No faltan en las presentaciones del Senador, las menciones a las ONGs que lo apoyaron, siendo lo real que en un primer momento lo criticaron y después por los motivos que cada uno desee entender, lo apoyaron. Mientras estábamos en Andalgalá, una de las asambleístas de la Asamblea el Algarrobo, llevó la noticia que un asesor del Senador se puso en contacto con ellos para pedirles que redacten una invitación formal al Senador Filmus para poder ir a dicha asamblea. ¿Qué motivo tendría este pedido lleno de formalidades si no el de intentar legitimarse en base un pueblo que está gritando un profundo NO A LA MINA, NO A AGUA RICA, SI AL AGUA PURA, SI A LA VIDA?

¿Por qué consideramos que este proyecto es engañoso? Quizás esta pregunta encontraría su respuesta, al formularnos otras preguntas: ¿Por qué se le colocó el mismo nombre que una ley que fue vetada? ¿Por qué tanta similitudes llenas de recovecos en su articulado que hacen que por momentos sean tan diferentes a la hora de proteger el espacio?

Cuando leemos acerca de glaciares la imagen que se nos presenta es muy clara. Si hoy se hiciera una encuesta, la gran mayoría definiría a un glaciar por la imagen del Perito Moreno, el Campo de Hielo Austral o la Antártida; ahora, ¿Cuál sería la imagen de un ámbito periglaciar?

Veamos una definición de las más simples y básicas, la que da el sitio Web Wikipedia, ”Periglaciar es la parte de la superficie de la Tierra donde las temperaturas durante la mayoría del año son frías, por lo tanto en donde la congelación de las aguas superficiales es muy frecuente, pero también existe una época de temperaturas más templadas, que duran cuatro meses, permiten la fusión de las aguas superficiales. En estas zonas la erosión del suelo no depende solamente del hielo sino también del agua. Es un proceso importante dentro del ciclo geográfico”. Así también otra fuente como Arthur Strahler dice “El dominio morfoclimático periglaciar se localiza en las márgenes del dominio glaciar y comprende todas las áreas de clima frío en las que la temperatura crítica de 0ºC provoca frecuentes ciclos de hielo-deshielo”.

El IANIGLIA puede opinar que el wikipedia se equivoca, esto es una cosa; ahora desautorizar a Strahler (Geomorfólogo y Catedrático de la Universidad de Columbia; autor, entre otras publicaciones, del libro Geografía Física), les sale caro!!!. Como se lo definió en el proyecto de Filmus, Glaciares de escombros (según Filmus e IANIGLA entiéndase por Periglaciar): aquellos cuerpos de detrito congelado y hielo, cuyo origen está relacionado con los procesos criogénicos asociados con suelo permanentemente congelado y con hielo subterráneo, o con el hielo proveniente de glaciares descubiertos y cubiertos. Desde la ONG Conciencia Solidaria entendemos que esta definición es engañosa, tramposa y deja al descubierto un área de gran importancia que es la formadora de las nacientes y ríos no solo de los pueblos cordilleranos sino también de la República Argentina. El proyecto de Filmus nunca nombra el área periglaciar.

Filmus y el IANIGLA al categorizar cometen acto de omisión. Algo que el Senador comprende muy bien, es que este tema es fácil de ocultar por el desconocimiento que existe en lo que a periglaciar se refiere. Si consideran que la definición que colocan en el proyecto de ley es certera, los invitamos a redefinir el ambiente periglaciar en Congresos, Simposios y/o Seminarios de Geomorfología a nivel Nacional e Internacional.

Una de las armas más vehementes que el Senador presenta en su proyecto de ley de protección de glaciares y ambientes periglaciares es su interés ante el Cambio Climático Global. Que el Senador Filmus no nos trate de hacer creer que esta ley es un impulso paliativo ante esta problemática tan acuciante. Si el tema del cambio climático realmente es de interés del Senador, debería tomar medidas e impulsar proyectos que actualmente se encuentran cajoneados, como así también, pedir a nuestra Presidenta presencia en conferencias y reuniones internacionales sobre esta materia. Que la silla de la Argentina no quede vacía en los foros de Cambio Climático Global. Si a esta preocupación atendemos señalemos la usina de Río Turbio. La apertura de esta usina favorecerá sí, al Cambio Climático Global. Utilizar este argumento desde este proyecto de ley es hacer demagogia.

Otra defensa del Senador es colocar a los glaciares como bien público o sea que nadie pueda ser el dueño de este bien. Coincidimos plenamente en esta colocación así lo entendemos. Sin embargo vemos que la Barrick Gold, hoy está operando sobre tres glaciares que fueron omitidos en el Informe de Impacto Ambiental (IIA) del Proyecto Pascua-Lama. Si existiera real preocupación desde el Senador, debería apoyar el paro de total de actividades en el sector hasta que no se realice un IIA consciente, no un dibujo de la realidad. No nos olvidemos que la Presidenta se fotografío con Peter Munk, presidente de la Barrick Gold, y poco después comenzó a hablar de pueblos sacrificables así como hizo Munk en una conferencia sobre minería en New York. Por otro lado el senador Filmus, que está motivado a ser invitado a la ciudad de Andalgalá, se olvida que la Minera Agua Rica (MAR) construyó gran parte de sus instalaciones dentro del ámbito periglaciar, ámbito que su proyecto omite. Agravado aún más por tener sus instalaciones sobre la naciente de ríos que también son públicos.

Otra grave falencia en el  proyecto del Senador Filmus es que no se estipulan plazos definidos para la construcción del inventario de glaciares de la República Argentina. No hablamos de las actualizaciones periódicas con un plazo no mayor al de cinco años, ni de los 60 días para la entrega de los cronogramas de actividades por parte del IANIGLA, hablamos del plazo para la conclusión del análisis de inventariado. No sería prudente que este inventario demore años en salir. Más allá de esto consideramos que los glaciares deberían ser monitorizados constantemente y no que deban esperar plazos burocráticos para que sus investigaciones sean actualizadas. Para complementar este párrafo sumamos lo que Javier Rodríguez Pardo y Enrique Matías Viale escribieron muy claramente, “El proyecto con media sanción parece redactado por los directivos del emprendimiento binacional Pascua Lama, propiedad de la corporación canadiense Barrick Gold. No resulta casual la confusa redacción del nuevo artículo 15° que se transforma en la llave para continuar desarrollando libremente la actividad minera, actualmente en ejecución, sobre lo que la propia ley supuestamente prohíbe. El proyecto con media sanción del Senado establece en este artículo que la Auditoria Ambiental sobre los emprendimientos actualmente funcionando se realice «en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de cada jurisdicción…» La diferencia con la ley vetada es sustancial, atento que el plazo de 180 días para realizar la Auditoria Ambiental en la norma original empezaba a correr a partir de la sanción de la ley. Con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de Pascua-Lama.

Algo que se le critica al proyecto de Maffei-Bonasso es que solo protege en áreas circundantes a altas cumbres y se hacen comentarios como que no lo protege al Glaciar Perito Moreno que tiene una cota que no corresponde como alta montaña. Pues bien, nos parece que no están leyendo el proyecto. Cuando se nombra esta descripción, es en base al ambiente periglaciar que tanto le interesa a la minería por el inmenso volumen de agua que estas áreas consiguen  acumular, o sea, el Glaciar Perito Moreno no es ámbito periglaciar, es glaciar.

En el Art. 6º Filmus afirma, Se prohíben las actividades que puedan afectar la condición natural de los cuerpos protegidos definidos en el artículo 2. Donde a pesar de realizar una nueva categorización de actividades prohibitivas enfatiza en volver al Art. 2 donde no se habla de periglaciar. Esto le abre la puerta a cualquier tipo de actividad contaminante, como la megaminería, dentro del área periglaciar que es la formadora de las cuencas hidrográficas que son tan importantes para las provincias cordilleranas como para el resto de la vida y economía de la República Argentina.

Tanto el Senador Filmus como el IANIGLA asumieron en un debate organizado por la Defensoría del Pueblo de la Nación que querían una Ley que Proteja el 100% del área glaciar y periglaciar, ahora hay algo que no entendemos, ¿Por qué redactaron una definición que excluye gran parte del ámbito periglaciar? Así también, afirmaron que esta es una ley para la protección de glaciares que son importantísimos para el desarrollo de la vida en la región cuyana y que es una pena que se entienda este proyecto de ley como una ley minera. A esto decimos, más allá que los Gioja, desde la gobernación de la Provincia de San Juan, las comisiones de Minería de Senadores y Diputados y sus empresas mineras,  avalen el proyecto del Senador Filmus, también lo hacen paginas Web como Mining Press (Prensa Minera en Castellano) donde describen al proyecto del Senador como un proyecto de conservación de los Glaciares sin frenar la actividad minera.

Por otro lado vemos las declaraciones de Mayoral, Secretario de Minería de la Nación, para el diario de Cuyo «No hay sector productivo que no quiera tener una ley que regule y respete a los glaciares y en la minería queremos una ley que no nos quite previsibilidad en avanzar en proyectos millonarios. Debemos exigirnos como sector el formar parte, tener una silla en la mesa de los debates. Debemos exigir que nos inviten a los debates. Debemos tener una ley de glaciares lógica, sin perjuicio previo de fijar el presupuesto de que la actividad contamina”. Ante esto, el Diputado Tomas – Presidente de la Comisión de Diputados de Minería- le responde, “Me alegra porque lo he invitado muchas veces».

Ante estas declaraciones que llegan desde el sector minero que avalan y votan el proyecto del Senador Filmus, nos preguntamos ¿Cómo tenemos que entender dicho proyecto de ley? ¿Cómo consigue proteger los glaciares mientras avala una actividad como la minería en sus cercanías?

No debemos olvidar que la megaminería a cielo abierto realiza una gran cantidad de explosiones durante todo su periodo de concesión. Genera grandes cantidades de polvo que según la dirección de viento se acumularía en el área glaciar. ¿Las mineras conseguirán controlar la dirección de los vientos en la Cordillera? ¿Cómo sobrevivirán las ciudades de Mendoza, San Juan, La Rioja o cualquier otra del resto del país si en el ámbito Glaciar y Periglaciar Cordillerano que nos proveen del AGUA PURA necesaria para la vida, se permiten emprendimientos mineros que lixivian rocas con cianuro y/o celdas, altamente contaminantes? ¿Las mineras conseguirán impermeabilizar y/o evitar la infiltración de las aguas altamente contaminadas con metales pesados y químicos letales acumuladas en los diques de cola en un ambiente cordillerano completamente fracturado? ¿Qué va a pasar con la vida y actividades económicas como la vitivinicultura, o cualquier otra actividad si contaminan las nacientes de los ríos? ¿Cómo la Argentina sostendrá su economía agro exportadora y sus derivados manufacturados de alto valor agregado en los próximos 20, 30 o 50 años?

La destrucción del paisaje y la contaminación ambiental de alto grado no coincide con planteos de sociedades que invierten en el turismo. Turismo que le da gran cantidad de divisas a la Argentina. Turismo y Minería no son actividades que van de la mano.

Entendemos claramente las palabras de Mayoral, son proyectos con inversiones millonarias, así como lo son muchas de las actividades que arriba detallamos. Pero, no entendemos el beneficio que le genera la megaminería al pueblo Argentino debido a que nos contamina el agua, destruye nuestra biota, nos enferma, nos enfrenta, y el rédito económico es del 3%, a ser declarado con un plazo máximo de 6 meses en una declaración jurada redactada en los puertos de destino. Sabemos que no tenemos que ser mal pensados pero ¿esto no favorece el contrabando? No hablemos de las devoluciones del IVA o los gastos de transporte. Algo que nos interesaría saber es ¿cuáles son los verdaderos intereses de nuestra Presidenta, Mayoral, Filmus, de los Gioja, Tomas? ¿Qué los mueve a generar un proyecto de ley que se dice protector de glaciares u ambientes periglaciares que nos destruye y saquea?

Será que el Senador Filmus, los Gioja, la Presidenta, Mayoral, Tomas, las Empresas de Proveeduría Minera y hasta las Grandes Corporaciones Mineras, hicieron algún tipo estudio a futuro serio sobre las consecuencias de la Actividad EXTRACTIVA Minera. Creemos que NO. Hay dos constantes que nos se están teniendo en cuenta, una es el impacto sobre el territorio y su medio ambiente, y la otra la sociedad.           

A pesar que el Senador Filmus y el IANIGLA digan que esta es una ley de protección a los ambientes Glaciares y Periglaciares y atiende temas como el  Cambio Climático Global, entendemos que este proyecto de ley es un intento más para legitimar la actividad minera dentro del ámbito periglaciar cordillerano.   

Esperamos tengan a bien considerar estas observaciones. Atte,

Conciencia Solidaria ONG Interprovincial

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