Ecuador

Derechos para la Pacha Mama, responsabilidd del Estado y no un objeto de aprovechamiento

01 de Abril 2011
Para analizar el alcance y las implicaciones de un nuevo concepto, como son los derechos de la Pacha Mama, partamos de una premisa fundamental: que la actual relación del ser humano con su entorno es insustentable y lleva al colapso de nuestro estilo de vida y sistema de valores, poniendo en riesgo la supervivencia de nuestra especie. ¿Una predicción alarmante, infundada?

Las consecuencias del  calentamiento global serán desastrosas; un aumento de 2 grados centígrados transformará algunos habitats y toda temperatura superior implicará un colapso de la mayoría de ecosistemas. El deshielo de los glaciales ha incrementado el nivel del mar en 17 centímetros en el siglo XX, y se prevé que aumente en 60 centímetros más en este siglo según la ONU; irónicamente ello coincidirá con una escasez de agua dulce para más de 1.000 millones de personas, debido al deshielo de los glaciares, fuente principal de agua dulce para muchos sistemas hídricos.

¿Especulaciones? No, más bien, datos científicamente calculados por el Panel Intergubernamental de Cambio Climático, que agrupa a más de 2.500 científicos de todo el mundo y fue creado por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Organización Meteorológica Mundial.

Ecuador será uno de los países más afectados por el calentamiento global y que, de hecho, ya está sintiendo sus consecuencias. Según la Agencia Espacial Civil Ecuatoriana nuestro país recibe, por su ubicación geográfica y al deterioro de la capa de ozono, la más alta cantidad y potencia de radiación solar UV mutagénica del planeta. Los datos del estudio son preocupantes pues mientras el nivel máximo de exposición a radiación recomendado por la OMS es de 11 UV, en Guayaquil se ha registrado un índice de 14 UV y en Quito, incluso ha llegado a 24 UV.

La situación es tan alarmante como se lee, al punto que esta agencia ha solicitado tomar medidas urgentes para proteger a nuestra población de las fatales consecuencias dado que según el informe “es estadísticamente seguro afirmar que muchos ecuatorianos padecerán cáncer, diferentes tipos de ceguera y disminución del sistema inmunológico, discapacidad congénita y mutaciones genéticas”.

En relación al ciclo del agua, los efectos del calentamiento global serán intensos debido al rápido deshielo de los andes ecuatorianos que tardarán entre 10 y 15 años en desaparecer, según lo ha estimado el Instituto de Recherche pour le Developpement – IRD.

Es importante recordar que nuestros pueblos ancestrales han vivido en armonía con la Madre Naturaleza o Pacha Mama y la han visto como un ser vivo, como lo demuestra su referencia a la Mama Tunguragua, el Taita Imbabura, la Yaku Mama o Madre Agua, los ríos Guayas, Jubones, Vinces, Quevedo… con lo cual, los Derechos de la Pacha Mama son también un reconocimiento a esta visión andina.

Para muchos juristas es inconcebible afirmar que la Madre Naturaleza o Pacha Mama es Sujeto de Derechos ya que no podría por sí misma iniciar una acción legal para la protección de sus derechos…

Sin embargo, existen otros sujetos como los niños/as, o empresas, que si bien no pueden ejercer sus derechos por sí mismos/as, lo hacen a través de representantes. Desde hace mucho, mucho tiempo existe la posibilidad de la TUTELA, de tal forma que cuando un sujeto no puede ejercer directamente sus derechos, se le asigna un tutor que está facultado para representar las reclamaciones correspondientes en su nombre y representación.

En el caso concreto de los Derechos de la Naturaleza la Constitución es clara al establecer quién ejerce esa Tutela:

Art. 10.-
Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarán de los mismos derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales.
La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.

Art.- 71.-
La naturaleza o Pacha mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública, el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos, se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.

Art. 83.- Nº 6.-
Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.

Art. 3.- Deberes del Estado.- Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales

Con lo cual, los artículos 10, 71, 83 nos da el poder de ser Tutores de nuestro Río Baba-Quevedo-Vinces. Por primera vez se ha reconocido a nivel Constitucional que la Madre Naturaleza o Pacha Mama es Sujeto de Derechos y no solo un objeto de aprovechamiento para nuestra especie, liberándola de la Discriminación de la que siempre ha sido objeto por parte de los gobiernos de turno, como lo dice el Art. 3 de nuestra Carta Magna.

De qué nos sirve tener la mejor Constitución del Mundo si los gobiernos seccionales, ministerios, secretarías y las anteriores administraciones de gobiernos centrales, se han basado en la maximización de las obras y sus utilidades, sin considerar los impactos ambientales, sociales, económicos, y sin ninguna responsabilidad ética, moral o espiritual. Creando “Obras de Prioridad Nacional”, piensan en mantenerse en el poder y acrecentar los bienes de capital en sus bolsillos, aun cuando pierden su dignidad, lo más preciado del ser humano.

Para ello es importante señalar que el actual sistema de Protección de Ambiente no es preventivo sino punitivo, es decir, sólo se activa cuando el daño ambiental está hecho. A más de ello, es un sistema inscrito en la lógica perfeccionista y lírica, que no se ha traducido en una Real Protección de la Naturaleza y que, en el mejor de los casos, genera una indemnización para las víctimas humanas que han sido afectadas; pero no una reparación integral a los ecosistemas afectados, a la Pacha Mama.
Los ciudadanos montubios, afroecuatorianos, indígenas, mestizos y ecuatorianos en general, nos pronunciaremos siempre por las responsabilidades y deberes del Estado ecuatoriano con la Madre Naturaleza o Pacha Mama, como está contemplado en la Carta Magna de la República.

Red de Reporteros Ecologistas Populares
Joe Gregory Ayala Aguirre (Pueblo Montubio)
Patricia Pilar. Los Ríos
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