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Defensa legal de Agricultores del Valle del Tambo, solicita quiebre del Juicio Oral..

Queda al voto solicitud de quiebre del Juicio Oral
Defensa legal de Agricultores del Valle del Tambo, solicita quiebre del
Juicio Oral por no garantizarse el debido proceso judicial en Audiencia
Virtual
Para el 9 del presente mes, se programó el reinicio del Juicio Oral a 17 agricultores del Valle del
Tambo, que participaron de la protesta social contra la imposición del proyecto minero Tía Maríal
(año 2015), el mismo que se había iniciado el 3 de marzo de este año e interrumpido por la
declaratoria de estado de emergencia sanitaria generada por el Covid-19.

Al respecto, FEDEPAZ, que viene patrocinando a 5 agricultores que fueron incluidos arbitrariamente
en este proceso penal, hizo pública su sorpresa y preocupación por la precipitada reprogramación
de reinicio de este juicio oral. Ello, al considerar que no se habían superado los riesgos de un
probable incumplimiento de principios procesales que garanticen el cumplimiento del debido proceso
judicial, en atención a la complejidad procesal que representa este caso.

Al iniciarse la Audiencia, la Presidencia del Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de
Arequipa, a cargo del Juicio Oral, formuló una serie de apreciaciones en el sentido de señalar si en
las condiciones en el que se reiniciaría este Juicio Oral se podría llevar a cabo un buen proceso y
llegar a “… buen Puerto …”. Trasladando sus reflexiones a los abogados de las partes para que
expresen su opinión sobre ello.

Al respecto, la representante del Ministerio Público y el abogado de la Procuraduría Pública del
Ministerio del Interior expresaron que en su opinión si se podía llevar a cabo un correcto juicio oral
hasta dictarse la sentencia.

Los abogados defensores de algunos de los acusados expresaron su preocupación por las
dificultades que genera la comunicación virtual y solicitaron la suspensión del proceso judicial.
A su turno, David Velazco Rondón, en representación de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo
y la Paz – FEDEPAZ y abogado de 5 de los agricultores que vienen siendo Juzgados injustamente;
señaló que, en efecto, se evidenciaban graves problemas procesales que se generan en una
audiencia judicial virtual o por video conferencia. Debido a que no hay una relación directa entre los
magistrados a cargo del juicio y los órganos de prueba (testigos, peritos, etc.), así como tampoco
con los acusados o los presuntos agraviados, vulnerándose el principio de inmediación procesal.

Agregó que no cabía duda alguna que las audiencias, por más esfuerzo de ampliarlas que se pueda
hacer, limitaba seriamente la observación del público en general, por lo cual no se verificaba el
necesario cumplimiento de la publicidad del juicio oral que es otra exigencia de carácter fundamental
(el control público en la administración de justicia) para calificarlo como que está dotado del debido
proceso judicial.
Precisó que tampoco las partes podrían realizar un oportuno ejercicio del principio de contradicción
debido a que por más que se trate de una video conferencia en “tiempo real”, las partes no
necesariamente tienen la misma posibilidad de cuestionar, refutar, etc., argumentaciones de otras de las partes o formular oportunamente objeciones a las preguntas impertinentes que se pudieran
formular a los testigos, peritos, acusados, etc..
A continuación expresó que si bien el derecho a ser juzgado en un tiempo razonable es, también,
una manifestación del debido proceso judicial, éste no se puede desarrollar en un juicio oral sin que
estén presentes, conjuntamente, las otras garantías que son expresión del debido proceso judicial.

En ese sentido, solicitó al Primer Juzgado Penal Colegiado Superprovincial de Arequipa (Expediente
2545-2015) el quiebre del Juicio Oral hasta que la emergencia nacional sanitaria por el Covid-19 sea
superada y permita la realización de un Juicio Oral con la presencia física de las partes, que garantice
el respeto al debido proceso judicial.

Al respecto, dicha solicitud de quiebre del Juicio Oral quedó al voto (decisión) de los magistrados del
antes referido órgano jurisdiccional, decisión que dará a conocer el 17 del próximo mes, fecha en la
que se ha programado una nueva sesión del Juicio Oral de manera virtual.

Lima, 20 de julio de 2020
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