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Bolivia

Conamaq recurre al amparo constitucional por exclusión en el Censo 2012

Imagen1El Arquiri Apu Mallku Froilán Puma Carmona, en representación del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ), presentó el día de hoy el recurso de Acción de Amparo Constitucional contra la Ministra de Desarrollo de Planificación Elba Viviana Caro Hinojosa y Director General Ejecutivo del Instituto Nacional de Estadística

Ricardo Laruta Rodríguez , por vulneración de derechos colectivos de las 16 Suyus en la boleta censal en las preguntas 1 y 29 que excluye la existencia de estas naciones originarias.

Las normas que se vulneran el Convenio 169 de la OIT, Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Convención Americana, Constitución Política del Estado, Omisión de cumplimiento de Normas de Derecho Interno y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, que en resumen vulnera los derechos referido a la Preexistencia de las Naciones y Pueblos Indígena Originarios que han sido omitidos en el diseño de la boleta censal. “Simplemente, se ha desconocido nuestras instituciones se obstaculiza la consolidación de nuestras entidades territoriales, a contrapelo del mandato constitucional” enfatizo la autoridad.

La falta de respuesta a las solicitudes por el Presidente del Estado Plurinacional, la Ministra de Planificación del Desarrollo y el Director Ejecutivo del INE constituyen un incumplimiento del mandato contenido en el artículo 21 constitucional con relación a los numerales 16 y 17 del artículo 5 de la Ley Marco de Autonomías.
El amparo pide que la Ministra de Planificación del Desarrollo Elba Viviana Caro Hinojosa y el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Estadísticas Ricardo Laruta Rodríguez, se ordene el cese la omisión ilegal e indebida, disponiendo expresamente que en la Boleta Censal se enmiende la pregunta uno (1) disponiendo la inserción de Ayllu, Marka y Suyu, adicionalmente a la información cartográfica contenida en la boleta censal y en la pregunta número veintinueve (29) se adicionen a las Naciones Originarias y Pueblos Indígenas ya contenidas en la boleta censal, a las siguientes Naciones Originarias: Nación Jach`a Karangas, Nación Jatun Killaka Asanajaqi, Nación Charka, Nación Qhara Qhara, Nación Jacha Pakajaqi Aransaya – Urinsaya Qhapac Omasuyu, Nación Urus, Nación Suras, Aransaya Cochabamba – Urinsaya Oruro, Nación Kallawayas, Nación Qollas, Nación Chuwis, Nación Larecaja, Nación Chichas, Nación Yampara y la Nación Qhana.

Finalmente piden se disponga como medida cautelar la suspensión del Censo Nacional de Población y Vivienda – 2012 hasta que la Boleta Censal enmiende las Preguntas uno (1) incorporando nuestra entidades territoriales (Ayllu, Marka y Suyu), y en la pregunta veintinueve (29) al conjunto de las Naciones Originarias, conforme a la acción de amparo.