Perú

Cajamarca: Archivan proceso penal contra defensores ambientales

Después de casi cinco años de estar procesados injustamente

Primera Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, confirma el archivo del proceso penal seguido contra Marco Arana, Ydelso Hernández y Manuel Ramos

Mediante Resolución de fecha 13 de marzo de 2018, notificada el día de ayer, la Primera Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca confirmó la resolución de primera instancia que declaró fundada la solicitud de sobreseimiento (archivo) formulada por la defensa legal de Marco Arana Zegarra. En ese sentido, ordenó el archivo definitivo del proceso penal por supuesto delito de usurpación agravada, seguido contra el referido Marco Arana Zegarra y los dirigentes campesinos Ydelso Hernández Llamo y Manuel Ramos Campos.

Como se recordará, las comunidades y rondas campesinas situadas alrededor del proyecto minero Conga, en el ejercicio de su facultad constitucional para administrar justicia, decidieron retirar las tranqueras que la empresa minera Yanacocha SRL había colocado en los caminos ancestrales de sus territorios. Esta decisión de las comunidades fue comunicada a las autoridades del Poder Judicial, Ministerio Público y Poder Ejecutivo ya que la empresa se había negado a retirarlas alegando que se trataba de tierras de su propiedad. Por lo tanto, dicha diligencia de retiro de tranqueras fue pública y se llevó a cabo el 20 de agosto de 2013, sin acto de violencia alguno y con la presencia del Ministerio Público, Policía Nacional del Perú, representantes de Yanacocha SRL, de la prensa nacional y extranjera.

Sin embargo, Yanacocha denunció penalmente a diversos dirigentes campesinos por supuesta usurpación agravada. La investigación se formaliza, el Ministerio Público acusa penalmente a Marco Arana Zegarra, Ydelso Hernández Llamo y Manuel Ramos Campos como supuestos autores del delito, solicitando que se les imponga cuatro años de pena privativa de la libertad.

La defensa legal de Marco Arana, a cargo de FEDEPAZ, cuestionó por escrito el dictamen acusatorio y solicitó por escrito el archivo de dicho proceso, señalando que el Ministerio Público no había aportado elemento de convicción alguno que haga presumir una supuesta responsabilidad penal de su parte o la existencia de causa penal probable contra ellos.

Por el contrario, la defensa legal de Arana aportó elementos de convicción de su inocencia, que fueron ratificados por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Celendín al señalar: “De estos elementos de convicción se ha dejado plasmado que no emerge una imagen ni que se haya dejado sentado en acta que los investigados efectuaran actos perturbatorios a la propiedad de la empresa minera Yanacocha”. Asimismo, agregó que: “Se advierte de la propia denuncia en prevención del delito, que no existe participación alguna de los investigados Manuel Ramos Campos y Marco Antonio Arana Zegarra”.

Igualmente, la misma instancia judicial precisó que “El Juzgado comparte criterios con la defensa de la parte imputada, es decir, que el hecho de la causa no se realizó o no pudo atribuírsele al imputado”. Por ello “se tiene que la conducta desplegada por los procesados no ha lesionado bienes jurídicos”, resolviendo “DECLARAR FUNDADA LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO”, que acaba de ser confirmado por Primera Sala penal de Apelaciones de Cajamarca.

En efecto, dicha Sala Penal, bajo la premisa de que “El Fiscal podrá formular acusación … sólo si existen suficientes elementos de convicción de la realidad y certeza del delito, así como la vinculación del implicado en su comisión”; expresa que “ha verificado que, conforme lo ha sostenido el a quo en la resolución impugnada, en el presente caso no existen elementos de convicción suficientes que corroboren de forma razonable que los hechos de carácter ilícito expuesto por el Ministerio Público, puedan ser atribuibles a los imputados”, por lo que “corresponde confirmar el auto de sobreseimiento”.

Al respecto, FEDEPAZ expresa su satisfacción por el archivo definitivo de este injusto proceso penal que se inició contra Marco Arana y los dirigentes comunales Ydelso Hernández y Manuel Ramos. Asimismo, reafirma su compromiso de continuar brindando patrocinio legal a los defensores y defensoras del medioambiente, del territorio y de los derechos fundamentales de sus comunidades y que, por dicha defensa, son hostilizados, estigmatizados y criminalizados al ejercer su derecho a la protesta social.

Con el ruego de su difusión.

Lima, 10 de mayo de 2018.

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