Ch_Lauca_120
Chile

Aymaras presentan amparo por minería

Ch_Lauca_12011 de Octubre de 2011
Comunidades aymaras presentaron ante la Corte de Apelaciones de Arica un recurso de protección cuyo objetivo es hacer respetar y valer el derecho a la consulta previa que establece el Convenio 169 de la OIT que esta vigente en Chile, cuando se quieran realizar proyectos mineros de gran impacto que afecten la integridad cultural, los recursos naturales, su economia ancestral y su existencia de los pueblos indigenas.

Su objetivo es dejar sin efecto la presentacion del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero denominado «Manganeso Los Pumas» al Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), presentado por la Empresa Minera Hemisferio Sur S.C.M.

COMUNICADO PUBLICO

Arica, 07 de Octubre del 2011.-

La Coordinadora Aymara de Defensa de los Recursos Naturales de Arica Parinacota, el Consejo Nacional Aymara de Mallku-T’alla de la comuna de Arica Urbano y las comunidades aymaras de Zapahuira y Trigo Pampa de la comuna de Putre queremos informar a la opinión pública nacional e internacional, lo siguiente:

Que con fecha 06 de Octubre fue depositado en la Corte de Apelaciones de Arica un recurso de protección cuyo objetivo es hacer respetar y valer el derecho a la consulta previa que establece el Convenio 169 de la OIT cuyo instrumento de derechos humanos esta vigente en Chile y es parte del ordenamiento juridico del país, y su efectividad juridica es que obliga al Gobierno de Chile a cumplir con este derecho esencial de consulta previa cuando se quieran realizar proyectos mineros de gran impacto que afecten la integridad cultural, los recursos naturales, su economia ancestral y su existencia de los pueblos indigenas. Su incumplimiento solo evidencia la negacion de los derechos humanos hacia los pueblos indigenas y un retroceso en materia de derechos humanos en este pais.

Consideramos que los fundamentos de los fallos adversos que han emitido las Cortes de Apelacion y Suprema con respecto al cumplimiento del derecho a la consulta previa que le asiste a los pueblos indigenas, siendo la consulta un derecho humano, solo demuestra una contradiccion y un retroceso en la evolucion del derecho internacional, en materia de derechos humanos. Es insostenible pensar que un derecho reconocido internacionalmente y ratificado en un instrumento de derechos humanos como lo es el Convenio 169 de la OIT este por debajo de la Ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente, Decreto 124 y otras leyes sectoriales transgrediendo la jerarquizacion y subordinación de las leyes.

El realizar una reunion no constituye un acto de consulta porque cuando solo se entregan antecedentes, quien los recibe no tiene la posibilidad de influir en la decisión, tal carencia torna arbitraria la decision y lesiona la garantia de igualdad ante la Ley, porque al no aplicarse la consulta previa como lo establece el convenio, niega el trato de iguales a las comunidades indigenas aymaras reclamantes, vulnerando su derecho fundamental a ser consultados. Ademas la consulta previa debe contener los estandares internacionales sobre procedimientos de consulta, los cuales fueron entregados al Gobierno de Chile por el Relator de Naciones Unidas Sr. James Anaya el año 2009.

Por lo tanto solicitamos a los organos del poder judicial poder dejar sin efecto la presentacion del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero denominado «Manganeso Los Pumas» al Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), presentado por la Empresa Minera Hemisferio Sur S.C.M. con el fin de evitar que se mantenga la perturbación de nuestros derechos, por cuanto tal perjuicio será mayor si se continua con el proyecto en el tiempo y poder reestablecer el imperio del derecho, tomando en cuenta la evolucion de los derechos humanos en el contexto internacional y su supremacía juridica frente al ordenamiento interno, y que se ampara en la Convencion de Viena que establece en su Artículo 18 que los Estados deben abstenerse de actos en virtud de los cuales «se frustren el objeto y el fin de un tratado, en este caso del Convenio 169 de la OIT»antes y después de su entrada en pleno vigor.

Ademas invitamos a los agricultores, comunidades aymaras, dirigentes y comunidad en general a una reunion para el Lunes 10 de Octubre a las 19: horas en la Escuela D-21 ubicado en Tucapel a un costado del Parque Lauca, para poder INFORMARSE y establecer estrategias y acciones para la defensa de los derechos ha vivir en un ambiente libre de contaminación y el repeto a los derechos humanos de los pueblos indigenas y a la economia de los agricultores del valle de Lluta.

Richard Fernandez Chavez

Coordinadora Aymara de Defensa de los Recursos Naturales Arica Parinacota

Gino Grunewald Condori

Mallku Consejero del Consejo Nacional Aymara de Mallku-T’alla de la comuna de Arica Urbano