Costa Rica

4 articulos sobre prohibicion minera

I) Sobre reformas al Código de Minería de Costa Rica
II) Sobre Anulación de concesión a empresa Industrias Infinito-Mina Crucitas
III) Sobre prohibición gradual del uso de mercurio en la minería artesanal.
IV) Sobre aprobación de prohibición de minería metálica a cielo abierto en Costa Rica

I) Sobre reformas al Código de Minería de Costa Rica
Lo que logramos con la reforma al Código de Minería

José María Villalta Flórez-Estrada, Diputado del Frente Amplio, [email protected]
La Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de ley para declarar a Costa Rica libre de minería metálica a cielo abierto. Una iniciativa que el movimiento ecologista costarricense viene promoviendo desde hace muchos años y que la fracción del Frente Amplio propuso como su proyecto prioritario para esta legislatura. ¿Qué logramos con esta reforma?:
* Cerramos definitivamente el portillo legal para nuevas concesiones y permisos de minería metálica a cielo abierto. Costa Rica se posiciona como el primer país latinoamericano que prohíbe por ley esta dañina actividad en su territorio.

* Se archivan todos los proyectos de minería metálica a cielo abierto en trámite que no tengan una concesión válidamente otorgada. Incluso se archivan aquellos que han presentado trámites en SETENA o que han obtenido un permiso de exploración, pues no podrán obtener una concesión de explotación. Protegemos así a comunidades amenazadas por nuevos proyectos mineros en zonas frágiles y de gran riqueza natural como Talamanca y la Península de Osa.

* Erradicamos de forma definitiva el uso del mercurio y el cianuro en todo tipo de actividad minera. La prohibición rige inmediatamente, salvo para la minería artesanal que tendrá un plazo de ocho años para reconvertirse y usar tecnologías alternativas. El progreso es sustancial si comparamos este logro con la situación actual, cuando cualquier empresa minera puede obtener permisos para utilizar estos químicos tóxicos.

* Se prohíbe todo tipo de explotación minera en reservas forestales y refugios de vida silvestre. Hoy en día, la ley solo prohíbe la minería en parques nacionales y reservas biológicas pero expresamente la permite en estas áreas protegidas de gran riqueza natural y altísima vulnerabilidad.

* Las concesiones para actividades mineras no prohibidas en Abangares, Osa y Golfito se reservan para otorgarse única y exclusivamente a empresas nacionales de la economía social: cooperativas dedicadas a la minería artesanal de pequeña escala, integradas por habitantes de las comunidades locales. Hoy en día estas concesiones están en manos de grandes empresas trasnacionales, que pueden usarlas para construir nuevos megaproyectos. Con la reforma se cierra esta amenaza. El Estado tendrá la obligación de recuperarlas para reasignarlas a las comunidades locales. Las cooperativas de minería artesanal tendrán que cumplir con todos los controles y requisitos establecidos en la legislación ambiental para obtener sus concesiones.

* Se abre una oportunidad de brindar mejores condiciones de vida a las comunidades empobrecidas dedicadas a la minería artesanal y coligalleros que dependen de esta actividad como única fuente de subsistencia y hoy viven en la ilegalidad. El Estado asume una serie de obligaciones concretas como brindarles acceso al crédito, asistencia técnica y capacitación para reconvertir su actividad hacia el uso de tecnologías ecológicamente sostenibles y para impulsar el desarrollo de actividades productivas alternativas como el turismo.   

* Se fortalece la lucha contra el proyecto minero Crucitas. Las leyes no pueden tener efecto retroactivo, pero si la concesión ilegal de Industrias Infinito se cae en los tribunales de justicia, como está ocurriendo con la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo y esperamos que también finalmente en casasión, no podrán subsanarla ni obtener una nueva. La aprobación de esta ley por unanimidad implica la definición de una clara política de Estado: en Costa Rica la minería metálica a cielo abierto es una actividad prohibida por insostenible y dañina. Es una incoherencia mantener un decreto que la declara de “conveniencia nacional”.

El proyecto de ley se aprobó por unanimidad. Muchos diputados y diputadas de varias fracciones legislativas contribuyeron a su aprobación. Sin embargo, si a alguien hay que atribuirle la titularidad de este logro es al movimiento ecologista costarricense que, pese a los ataques y las infamias, tiene décadas de denunciar el desastre ambiental de la minería a cielo abierto; a las comunidades de la Zona Norte , que tienen casi 20 años de luchar y marchar contra la minería; a las y los caminantes; a las y los ayunantes; a miles de ciudadanos y ciudadanas concientes que se han manifestado por otra Costa Rica posible.

Reconciliación con la Madre Tierra y justicia social con las comunidades empobrecidas y abandonadas. Son dos objetivos que hoy están un poquito más cerca.    

II) Sobre Anulación de concesión a empresa Industrias Infinito-Mina Crucitas


Tribunal anula concesión de mina Crucitas

eIRENE VIZCAÍNO [email protected] HACE 12 MINUTOS 24/11/2010

San José (Redacción). El Tribunal Contencioso Administrativo ordenó esta tarde anular la concesión a la empresa Industrias Infinito para desarrollar el proyecto minero Crucitas, en Cutris de San Carlos, Alajuela.

Así lo dio a conocer el presidente del Tribunal, Eduardo González Segura, al dar lectura al por tanto de la sentencia, luego de casi un mes de juicio para determinar la legalidad de las autorizaciones que otorgó el Estado para este proyecto.

La anulación de la concesión debe hacerla el Registro Minero, por orden del Tribunal.

Como parte del fallo, los jueces recomendaron al Ministerio Público abrir una causa judicial al expresidente de la República Óscar Arias Sánchez y funcionarios de la Dirección de Geología y Minas y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, vinculados con la declaratoria de interés público de la mina Crucitas, así como a las autorizaciones dadas.

El Tribunal Contencioso ordenó además a la empresa Industrias Infinito el pago de una indemnización al país por los daños ambientales causados en la zona.

El Estado y el Sistema de Áreas de Conservación también deberán destinar recursos al restablecimiento del equilibrio ambiental, por eso el tribunal ordenó al Ministerio de Hacienda hacer una provisión financiera para cuando se fije la suma final en la ejecución de la sentencia.

La parte acusadora de este caso son las asociaciones ambientalistas Apreflofas y Frente Norte por la Vida.

Los jueces indicaron además que la declaratoria de interés público de Crucitas no contó con criterios técnicos fundamentales.

Fuente: La Nación

http://www.nacion.com/2010-11-24/ElPais/UltimaHora/ElPais2601828.aspx


III) Sobre prohibición gradual del uso de mercurio en la minería artesanal.

Miércoles, 24 de Noviembre de 2010 04:31 p.m.

El mercurio se prohíbe, no se legaliza

La reforma no promueve más contaminación con mercurio en nuestros ríos

JOSÉ MARÍA VILLALTA F.

El artículo “Más mercurio en los ríos” publicado en La Nación del 22/11/2010 incurre en una serie de inexactitudes sobre los verdaderos alcances de la reforma al Código de Minería aprobada por la Asamblea Legislativa. Esto puede confundir a la población; por eso es necesario aclarar.

La reforma no promueve más contaminación con mercurio en nuestros ríos. Todo lo contrario. El artículo en cuestión omite mencionar que esta ley más bien modificó el Código de Minería, para prohibir el uso del mercurio en minería, al declarar esta actividad como un factor que deteriora gravemente el ambiente (reforma al artículo 103, inciso k, en relación con el numeral 102 de dicho Código).

Es un cambio sustancial porque el uso del mercurio en minería no estaba expresamente prohibido por la ley, a pesar de los abundantes criterios técnicos y estudios científicos sobre su toxicidad y el riesgo que implica su uso para las fuentes de agua, la biodiversidad y la salud humana. Lamentablemente, aunque esto se sabe desde hace mucho tiempo, quienes critican la reforma aprobada por la Asamblea , no movieron un dedo para que una prohibición así fuera aprobada.

Mercurio y minería artesanal. El problema del uso del mercurio en minería artesanal no ha sido provocado por esta reforma. Existe desde hace muchos años, a vista y paciencia de las autoridades ambientales y profesionales del país. También existe desde hace mucho tiempo la problemática social de casi 800 familias, dedicadas a la minería artesanal en Abangares. Estas personas han operado en la ilegalidad, usando sustancias tóxicas como el mercurio, sin ningún control estatal. Pero también sin ningún apoyo del Gobierno, para mejorar sus prácticas de salud ocupacional, reconvertir sus técnicas de procesamiento de los minerales hacia formas más amigables con el ambiente o para sustituir la actividad minera por alternativas productivas sostenibles, como el turismo.

Durante la discusión en el Parlamento del Expediente 15.948 por vez primera el Estado abrió un proceso de diálogo, para escuchar a las comunidades dedicadas a la minería artesanal y buscar soluciones concertadas. Y se lograron avances significativos. El Estado se compromete a brindarles asistencia técnica y capacitación para mejorar sus prácticas ambientales y desarrollar alternativas productivas. Se les permitirá salir de la ilegalidad, rescatando concesiones ociosas en manos de grandes empresas, para asignárselas a cooperativas de personas trabajadoras locales.

Lo más importante: estas comunidades aceptaron renunciar al uso del mercurio y otras sustancias tóxicas. Pero como estos cambios deben ser paulatinos –sobre todo cuando afectan a sectores vulnerables de la población– solicitaron que la prohibición legal del mercurio no rigiera por un plazo de 8 años, a fin de contar con tiempo para capacitar a los trabajadores y trabajadoras, e implementar técnicas alternativas. Después de mucha deliberación la Comisión de Ambiente incluyó esta excepción para la minería artesanal únicamente, en el transitorio I del proyecto.

Confusión. Es aquí donde el artículo comentado incurre en una grave confusión. Decir que una prohibición “no rige” por un tiempo no es igual a “legalizar” una actividad. Con este transitorio no se está “autorizando” el uso del mercurio en minería. La ley a nadie le está dando permisos para usar mercurio.

El efecto práctico del transitorio es que por 8 años seguirá la situación actual, donde para el sector artesanal no regirá una prohibición legal expresa del uso del mercurio.

Pero esto no quiere decir que se pueda usar por la libre.

Cualquier persona que quiera dedicarse legalmente a la minería artesanal deberá tramitar una concesión de explotación y tendrá que cumplir con todos los controles y requisitos establecidos en la legislación ambiental del país, incluyendo una evaluación de impacto ambiental.

No se les exime de ningún requisito ambiental. De manera que, si no se proponen proyectos viables ambientalmente, los permisos y las concesiones podrían ser denegados.

Al contrario de lo que concluye el artículo comentado, al abrir la puerta para que los mineros artesanales obtengan concesiones legales y salgan de la informalidad, sometiéndose a controles ambientales, la reforma estaría contribuyendo a reducir la contaminación que hoy se produce por causa de la minería ilegal.

A muchas personas nos hubiera gustado una reforma más radical, sin transitorios, pero los grandes cambios no se dan de la noche a la mañana.

Fuente: La Nación , miércoles 24 de noviembre de 2010

http://www.nacion.com/2010-11-24/Opinion/Foro/Opinion2600238.aspx

IV) Sobre aprobación de prohibición de minería metálica a cielo abierto en Costa Rica

Enviado el: Martes, 09 de Noviembre de 2010 06:46 p.m.

LA PROHIBICIÓN DE MINERÍA METÁLICA A CIELO ABIERTO APROBADA EN SEGUNDO DEBATE

·        Ley impulsada por el Frente Amplio fue aprobada hoy en segundo debate

Por fin, después de años de arduas negociaciones, se logró votar hoy en segundo debate, de forma unánime, la ley que busca prohibir el otorgamiento de permisos y concesiones para exploración y explotación  de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional, así como el uso de sustancias tóxicas como el cianuro y el mercurio en la actividad minera, (expediente 15.948), el cual fue impulsado por el Frente Amplio, cerrando de una vez por todas el “portillo” legal para el desarrollo de estas prácticas insostenibles en Costa Rica.

José María Villalta Flórez-Estrada, diputado del Frente Amplio, señaló que “no se prohíbe la minería subterránea, pero se libera al país de la forma de minería más devastadora que existe: la minería metálica a cielo abierto, la que por las condiciones geológicas del país más está amenazando nuestras fuentes de agua, nuestros bosques y nuestra biodiversidad. Es claro que esto no es suficiente. Pero en comparación con el escenario actual resulta innegable que se trata de un progreso”.

Villalta Florez-Estrada considera que “si la concesión de la compañía minera en Crucitas se cae en los tribunales  contencioso-administrativos o el Gobierno la revoca, la transnacional minera no podrá obtener una nueva concesión ni revivir la anulada. Tampoco podrá pedir una prórroga del plazo. En última instancia, esta reforma le cierra las puertas a decenas de concesiones mineras que están en trámite, en la zona Norte y en el resto del país. Hoy estos trámites están frenados por el decreto de moratoria, pero, como pasó al inicio del Gobierno de los Arias, dicha moratoria puede eliminarse fácilmente con otro decretazo nocturno”.

“Como lo hemos señalado en anteriores ocasiones, el gobierno debe ser consecuente y aprovechar este momento para derogar el Decreto Ejecutivo número 34801-MINAET que declaró de interés público y conveniencia nacional el Proyecto Minero Crucitas”, señaló el diputado Villalta,

http://www.frenteamplio.org