Chile

CIDH ADMITE CASO POR PROYECTO MINERO PASCUA LAMA

y atentados a los derechos fundamentales de comunidades Diaguita – Huascaltinos

La grave amenaza que representa Pascua Lama para las comunidades indígenas motivó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a acoger el trámite de una denuncia contra el Estado de Chile presentada por la Comunidad Diaguita de los Huasco Altinos el pasado 5 de enero.

La presentación estuvo apoyada por la abogada del Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, Nancy Yánez, junto a los afectados.

Varios argumentos sustentan la presentación.

27 de septiembre, 2007

El primero de ellos tiene que ver con la denegación de justicia. Esto, por la no admisión de los recursos judiciales que presentaron los diaguitas ante los Tribunales, y que buscaban revertir la autorización que la Comisión Nacional de Medio Ambiente (CONAMA) dio a Pascua Lama.  "Se rechazaron por aspectos meramente formales sin pronunciarse sobre el fondo", según señaló en entrevista con Proceso, la abogada Yánez. Y agregó: "Esto, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, genera una situación de denegación de justicia".

Lo anterior alude al hecho que el Estado de Chile, a través de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de 11 de julio de 2006, dejó a firme la resolución de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) N° 24, de 15 de Febrero del año 2006, que dio la autorización ambiental a Pascua Lama.

Con esto, rechazaban el reclamo de la comunidad Diaguita de los Huascoaltinos que denunciaban que la puesta en marcha de dicho proyecto "los priva de recursos naturales esenciales para garantizar sus derechos económicos, sociales y culturales, colocándolos en situación de vulnerabilidad alimenticia y económica y, consecuencialmente, amenazando su supervivencia e integridad territorial y cultural, al poner en riesgo la totalidad del ecosistema que sustenta tales espacios territoriales", como se señala en la presentación ante CIDH.

El segundo punto de la denuncia, tiene que ver con la vulneración del derecho de propiedad. Esto, debido a que el proyecto se emplaza en tierras ancestrales de los diaguitas, situación que fue legalizada por la corona española en el siglo XVIII, al entregar títulos de dominio que consagraban la existencia de la Estancia de los Huasco Altinos.

Estos títulos fueron reconocidos por el Estado de Chile en 1903. Sin embargo, en el transcurso del siglo XX, importantes paños de terrenos de esta propiedad de 300 mil hectáreas, fueron usurpados a través de artilugios jurídicos.

Este despojo se ha ido consolidando al prescribir los delitos involucrados, lo que es reconocido por la abogada Yánez. Sin embargo, ella señala que, a pesar de ello, "no se puede desconocer los derechos ancestrales" que los diaguitas tienen sobre "los territorios usurpados" y que sobrepasan las 50 mil hectáreas.

Es fundamentalmente en estas tierras, ubicadas cerca del centro de la Estancia de Huasco Alto, donde hoy se intenta construir Pascua Lama.

Yánez subraya que, como consecuencia de la ejecución de Pascua Lama, "se verá afectadas su integridad territorial y, particularmente, su hábitat".

Esto lo dice en alusión a los graves perjuicios a las aguas y a las tierras que sufrirán fruto de la eventual puesta en marcha del proyecto minero. Esto incidirá en que ya no podrán realizan veranadas con su ganado caprino. "Esto no fue adecuadamente evaluado por la autoridad ambiental", acusa la destacada jurista defensora de comunidades indígenas chilenas.

Como tercer aspecto del fondo de la presentación ante la Comisión Interamericana , la abogada Yánez señala que hay una vulneración específica de los derechos de agua de la comunidad de los huasco altinos "desde la perspectiva de la necesaria sustentación hídrica del territorio ancestral de esta etnia, que se ve amenazado por la eventual explotación de un yacimiento sobre las nacientes de los ríos que dan vida a esta comunidad de la parte alta del Valle del Huasco".

La abogada tiene confianza en que el Estado chileno será castigado por las humillaciones y despojos hechos en contra de los diaguitas.

Dice que existe una jurisprudencia internacional expresada en fallos condenatorios a Nicaragua (2001) y Paraguay (2006). "En ellos se pronuncia a favor del derecho de los pueblos indígenas sobre su territorio, en particular sobre los recursos naturales, y sobre la necesidad de garantizar los mismos como base de su existencia organizada como pueblo". Según Yánez, el gran problema que tiene esta vía para impedir la ejecución de Pascua Lama, es que los procesos ante la Corte Interamericana demoran en promedio cuatro años.

Es por eso que la defensa de los diaguitas se ha propuesto pedir medidas cautelares teniendo en consideración "no sólo el caso Pascua Lama, si no que la situación general de vulneración de derechos territoriales de pueblos indígenas como consecuencia de la ejecución de megaproyectos en sus territorios.

Esto, considerando la flexibilización de la institucionalidad ambiental en la que ha incurrido el Gobierno de Chile, para favorecer la ejecución de estos megaproyectos, sin consideración de los derechos de las comunidades afectadas", expresó.

La denuncia de los diaguitas fue acogida por la Comisión el 11 de mayo, informando de ello inmediatamente al Estado de Chile. Este tenía hasta el 11 de julio para responder, pero no ha contestado hasta ahora acogiéndose al derecho a prorroga.

De no ser satisfactorios la contestación, cuando esta sea hecha, el caso pasará a juicio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que podría castigar al Estado de Chile, tal como la faculta la Convención Americana de Derechos Humanos, ratificada por Chile en 1990.

Cabe tener presente que la CIDH estudia, al margen de la denunciada por los diaguitas en el caso Pascua Lama, otras dos causas por vulneraciones a los derechos indígenas en Chile. Una de ellas tiene que ver con la pérdida de derechos de agua de la comunidad de la etnia aymara en Chusmiza – Usmagama, los que habrían sido traspasados ilegalmente a la Empresa embotelladora Chusmiza S.A. como consecuencia de un proceso de transformación de derechos de agua (no consuntivo a consuntivo), no contemplado en la ley.

El otro caso tiene que ver con un juicio aparentemente viciado llevado a cabo por el Estado de Chile en contra de 5 mapuches por el incendio de instalaciones del fundo Poluco Pidenco de Forestal Arauco, cometido el 19 de diciembre de 2001.

Los afectados estuvieron 72 días en huelga de hambre durante 2006, alegando inocencia, la que terminaron con el compromiso del gobierno de otorgarles beneficios carcelarios, lo que finalmente no se cumplió. El viernes 10 de agosto, la CIDH acogió una solicitud de ser recibidos en audiencia de situación, presentada por el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas (ODPI).

El objetivo: "Dar cuenta de la situación sistemática de vulneración de los derechos indígenas, como consecuencia de la aplicación de un modelo económico, que se está aplicando en gran parte de la región andina, fundado en la extracción de recursos naturales", según expresó a Proceso Nancy Yánez, quien estará a cargo de la exposición.

Las audiencias de situación, generalmente, tienen como consecuencia recomendaciones específicas respecto del accionar de los Estados y la idea es que se introduzcan en informes temáticos. La presentación del ODPI, expresa la preocupación por la enorme expansión y devastación del territorio andino producto de la actividad minera, forestal y energética.

Y hace hincapié en el hecho que las "intervenciones económicas en los territorios indígenas han generado situaciones de grave violación a sus derechos, las cuales se han manifestado en la pérdida de recursos naturales, alteración del hábitat tradicional de las comunidades indígenas, contaminación ambiental y migración forzada hacia los centros urbanos, todo lo cual ha redundado en el abandono de las costumbres y formas de vida indígenas y el aumento progresivo de la pobreza entre la población originaria", como dice la aceptada solicitud de audiencia.

A pesar de esta ofensiva de los organismos defensores de los derechos indígenas y ambientales, el gobierno chileno hace oídos sordos. De hecho el pasado martes 14 de agosto, los senadores Guido Guirardi y Antonio Horvath, denunciaron que la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región de Tarapacá, autorizó la prospección minera Choquelimpie del grupo Copec, la que se realizará sobre la Reserva Nacional Las Vicuñas.

Esto a pesar de la oposición de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) que administra el lugar, de lo abiertamente ilegal de la resolución, y del hecho que Copec es propiedad de Anacleto Angelini, uno de los hombres más ricos de Chile, pero cuyas empresas se han destacado por su nulo cuidado ambiental.

Su celulosa, Celco, ha protagonizado incidentes que han alcanzado dimensiones de escándalo internacional, como la masiva muerte de Cisnes producto del vertido de sustancias tóxicas en el río Cruces, región de Valdivia, en el transcurso de 2005. En julio de este año, una situación similar afectó el río Itata, aunque los afectados fueron además de los peces y otros seres que vivían en el río, la comunidad de pescadores y campesinos que se quedaron sin su fundamental fuente de sustento, que eran los peces, y el agua, por cierto.

La reserva Las Vicuñas , es uno de los últimos lugares del altiplano chileno en donde los flamencos andinos -en peligro de extinción-, han encontrado refugio seguro ante el avance voraz de la gran minería.